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      A 35 años, Gil Lavedra recordó el fallo del Juicio a las Juntas militares

      10 de diciembre de 2020 | 04:50
      A 35 años, Gil Lavedra recordó el fallo del Juicio a las Juntas militares
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      El 9 de diciembre de 1985, la Justicia de un gobierno democrático juzgó con todas las garantías constitucionales a los integrantes de las distintas juntas militares que ocuparon el poder durante la dictadura.

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      Ricardo Gil Lavedra, abogado constitucionalista y miembro de la Cámara Federal en el Juicio a las Juntas recordó aquel año como “un punto de inflexión en la transición democrática”.

      “La decisión de Alfonsín (presidente de la República en aquel entonces) sin dudas comprometía la transición porque un gobierno de transición democrática lo que primero quiere es que lo suceda un gobierno elegido por el pueblo, es decir que no tenga ningún tipo de interrupción”, señaló.

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      En diálogo con Al Fin y Al Cabo, el constitucionalista explicó que “tratar de enjuiciar a los militares cuando estos estaban al mando de tropas y muchos represores estaban en libertad era poner en riesgo la transición”.

      De todas maneras, consideró que “fue un acierto extraordinario porque permitió que la transición democrática pudiera comenzar a edificarse sobre la base de la juridicidad, de la ley y sobre la base de la igualdad de todos ante la misma”.

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      “Debemos recordar siempre el Juicio a las Juntas militares por lo que significó para la transición democrática”, cerró.

      Obstáculos

      Gil Lavedra aseguró que por aquel entonces no había certezas de que el juicio “se iba a poder llevar a cabo”.

      “Las dificultades eran enormes, comenzando por las políticas, buena parte de la población creía lo que decían los militares acerca de que los desaparecidos no existían”, añadió.

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      “También había obstáculos de índole jurídicos que no eran menores. El tema de la amnistía de los militares y que tuvieran un fuero especial para ser juzgados”, culminó.

      La sentencia

      La sentencia dictada el 9 de diciembre de 1985 condenó a cinco de los militares acusados y absolvió a cuatro. Videla y Massera fueron condenados a reclusión perpetua con destitución.

      Viola, a 17 años de prisión, Lambruschini a 8 años de prisión, y Agosti a 4 años y 6 meses de prisión; todos con destitución. Graffigna, Galtieri, Lami Dozo y Anaya fueron absueltos.

      El tribunal consideró que las juntas militares habían elaborado un sistema ilícito para reprimir a «la subversión» (sic) que llevó a que se cometieran “gran número de delitos de privación ilegal de la libertad, a la aplicación de tormentos y a homicidios”, garantizando su impunidad.

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