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      Aprobaron la autonomía municipal en la Convención Reformadora

      Todas las jurisdicciones se convertirían en municipios y aquellas con más de 10 mil habitantes tendrán sus cartas orgánicas.

      1 de septiembre de 2025 | 22:11
      Aprobaron la autonomía municipal en la Convención Reformadora
      Aprobaron la autonomía municipal en la Convención Reformadora
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      La Convención Reformadora, encargada de modificar los 42 artículos de la Constitución provincial habilitados por la Ley Nº 14.384, aprobó los cambios a introducir en el régimen municipal de la provincia. 

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      Se trata de un dictamen realizado por la Comisión Redactora en los artículos 106 y 107 que establece que todo núcleo de población organizado en comunidad es un municipio y tiene autonomía municipal, tanto en ámbito político, económico, financiero, administrativo e institucional. 

      Asimismo, todo municipio con más de 10 mil habitantes tendrá que dictar sus propias cartas orgánicas a razón de que se convoque una convención municipal mediante una ordenanza. La cantidad de pobladores se determina por le último censo nacional. 

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      Para las cartas orgánicas, los municipios deben tener un intendente, un concejo municipal y un órgano externo. Dichas autoridades ejecutivas y legislativas sólo podrán estar cuatro años en su cargo, una reelección y un periodo de descanso. Aunque el sistema electoral dependerá de la provincia y los municipios con más de 20 mil habitantes tendrán que renovar la mitad de sus ediles cada dos años. 

      De esa manera, la carta orgánica debe organizar a toda la administración pública, contener reglas para la integración de regiones con otros municipios de la provincia y tener una estructura de democracia directa y participación ciudadana. 

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      Por otro lado, para las reformas, se debe tener un procedimiento, un órgano y mayorías agravadas habilitadas. 

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