Con la nueva Ley Orgánica de Municipios, baja drásticamente la cantidad de concejales en cada localidad santafesina
El presidente del Senado provincial, Felipe Michlig, brindó declaraciones tras la media sanción del proyecto que busca reducir las estructuras municipales y consideró que "modernizará y eficientizará el funcionamiento institucional de gobiernos locales". Rosario y Santa Fe mantendrán la misma cantidad de ediles.
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La Cámara de Senadores de Santa Fe dio luz verde a la nueva Ley Orgánica de Municipios este jueves, que apunta a cambiar la conformación de las estructuras municipales. Uno de los puntos centrales de la iniciativa es la reducción en la cantidad de concejales de cada localidad de la provincia, salvo Rosario y Santa Fe que siguen con su esquema actual. El proyecto pasó a Diputados, que decidirá o no su sanción definitiva.
La Ley Orgánica de Municipios, con votos a favor del oficialismo y la oposición, está compuesta por 111 artículos. Introduce la figura de la autonomía municipal y aborda temáticas como los recursos, las cartas orgánicas de los municipios, la regionalización, áreas metropolitanas y asociación municipal; competencias, justicia de faltas, la conformación de los Concejos, plazos electorales y de mandatos, entre otros cambios. No se logró consenso en cuanto a la incorporación del viceintendente.
En este marco, el presidente provisional de la Cámara alta santafesina, Felipe Michlig, se refirió a la decisión unánime de los 18 legisladores presentes en el recinto de la capital provincial y anticipó: “Una vez que se convierta en ley, quedarán derogadas la Ley Orgánica de Comunas 2439/1935 y la Ley Orgánica de Municipalidades 2756/1939, que rigieron por más de 80 años".
En la misma línea, subrayó que el flamante proyecto, impulsado bajo la nueva Constitución de Santa Fe, será histórico para la vida institucional de los 365 gobiernos locales de la provincia, ya que “modernizará y eficientizará el funcionamiento institucional”, mientras baja "los gastos de la política”.
Luego, el senador profundizó en las consecuencias económicas de la propuesta y planteó: “Vamos a tener una ley única, abarcativa, consensuada y muy trabajada, que permitirá bajar el gasto de la política como nos pide la gente. Se termina con las reelecciones indefinidas, ya que solo se podrá tener una reelección ininterrumpida, y luego viene el recambio, en todos los cargos electivos”. Posteriormente, detalló: “El 93 por ciento de las localidades tendrá elecciones cada 4 años (316 localidades) y el resto (25 localidades) renovarán los concejos por mitades cada 2 años”.
Por otro lado, Michlig destacó que el paquete de normas “es el resultado de mucho diálogo con todos los actores institucionales interesados en participar de esta construcción con intercambio de opiniones y miradas de distintos tipos". A su vez, reveló: "Primero nos reunimos con los intendentes y concejales de Santa Fe y Rosario, con el Foro de intendentes radicales, con representantes los trabajadores municipales, con autoridades del Servicio de Catastro e Información Territorial, con representantes de la Federación de Cooperadoras Escolares para intercambiar propuestas vinculadas al Fondo de Asistencia Educativa (FAE), demás intendentes y presidentes comunales, entre otros".
Cómo será la nueva estructura de los municipios si se aprueba la ley orgánica
Menos de 3.000 habitantes: un intendente a cargo de la función ejecutiva y una Comisión Municipal a cargo de la función legislativa integrada por tres miembros.
Entre 3.000 y 10.000 habitantes: un intendente a cargo de la función ejecutiva y una Comisión Municipal a cargo de la función legislativa integrada por cinco miembros.
Entre 10.000 y 20.000 habitantes: un intendente a cargo de la función ejecutiva y un Concejo Municipal a cargo de la función legislativa integrado por cinco miembros.
Entre 20.000 y 50.000 habitantes: un intendente a cargo de la función ejecutiva y un Concejo Municipal a cargo de la función legislativa integrado por siete miembros.
Entre 50.000 y 80.000 habitantes: un intendente a cargo de la función ejecutiva y un Concejo Municipal a cargo de la función legislativa integrado por nueve miembros.
Entre 80.000 y 150.000 habitantes: un intendente a cargo de la función ejecutiva y un Concejo Municipal a cargo de la función legislativa integrado por once miembros.
Más de 150.000 habitantes (exceptuando Rosario y Santa Fe): un intendente a cargo de la función ejecutiva y un Concejo Municipal, a cargo de la función legislativa, que sumará dos concejales cada 100.000 habitantes.

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