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      El gobierno anunció once actividades que podrán funcionar desde el lunes

      18 de abril de 2020 | 17:01
      El gobierno anunció once actividades que podrán funcionar  desde el lunes
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      Con el objetivo de reactivar la economía, gobernadores de todo el país solicitaron que se tomen algunas medidas de flexibilización del confinamiento. Es por esto que este sábado el presidente Alberto Fernández y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunciaron la lista de actividades que podrán quedar exeptuadas de realizar el aislamiento obligatorio.

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      La apertura de las mismas será controlada y se reactivará a partir del próximo lunes de acuerdo a las demandas que elevó cada distrito a la Jefatura de Gabinete de la Nación con competencia sobre la Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional.

      Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

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      1. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

       

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      1. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

       

      1. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

       

      1. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

       

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      1. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

       

      1. Ópticas, con sistema de turno previo.

       

      1. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

       

      1. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

       

      1. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

       

      1. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

       

      El ámbito de aplicación serán las provincias de La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chacho, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la ciudad de Buenos Aires.

      Sin embargo, la norma detalla quecada gobernador podrá suspender alguna de estas actividades en su provincia en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial.

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