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      El Gobierno nacional estableció los requisitos para acceder al dólar soja

      11 de abril de 2023 | 06:17
      El Gobierno nacional estableció los requisitos para acceder al dólar soja
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      El Gobierno oficializó la tercera edición del dólar soja y estableció los requisitos que deberán cumplir los productores para acceder al beneficio en el territorio. La medida se dio a conocer este martes por la mañana mediante el Boletín Oficial.

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      En efecto, el Poder Ejecutivo fijó los detalles sobre el Programa de Incremento Exportador, relanzado la semana pasada, a través de la Resolución 115/2023 de la Secretaría de Agricultura.

      Previamente, la iniciativa alcanza a aquellos productores que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de ese decreto. A diferencia de dicha reglamentación, el Gobierno estableció que podrán solicitar una prórroga extraordinaria del periodo de embarque de 60 días corridos aquellos exportadores que hayan adherido al Programa y cuenten con Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), con vencimiento del período de embarque declarado más la prórroga automática, durante los sesenta 60 días posteriores desde la entrada en vigencia de esta Resolución.

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      En la misma línea, la prorroga deberá justificarse por razones logísticas y/o comerciales ante la Secretaría de Agricultura antes de entrar en vigencia. Además, el organismo realizará el seguimiento de las operaciones de compraventa de grano en relación a la registración de las DJVE y podrá implementar exclusiones de los Registros de la Secretaría ante inconsistencias y/o incumplimientos.

      Por otra parte, la Resolución dispuso que quienes comercialicen soja a empresas que estén incluidas dentro del PIE mediante Liquidaciones Secundarias de Granos, deberán garantizar que estén respaldadas por Liquidaciones Primarias de Granos previas o comercializadas en los Mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).

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      Por último, se estableció que el monto liquidado a tipo de cambio de $300 no podrá superar la suma del monto de las compras de granos liquidadas desde el 10 de abril de 2023 al 31 de mayo de 2023 y los Derechos de Exportación pagados desde el 10 de abril de 2023 al 30 de octubre de 2023 a ese tipo de cambio.

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