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      El Gobierno reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de los supermercados

      10 de septiembre de 2021 | 07:27
      El Gobierno reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de los supermercados
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      La Secretaría de Comercio Interior de la Nación reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados. Esta nueva normativa establece que las páginas web de los supermercados, en primera instancia, deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida.

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      Fue a través de la resolución 926/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial. De esta manera, los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles. Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria, consignó Télam.

      También se especificó que los sitios tendrán la obligación de indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por Comercio Interior. Por lo tanto, si el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, de todos modos podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida.

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      Por otra parte, otro de los puntos importantes de la reglamentación es la identificación de productos fabricados por micro y pequeñas empresas (mipymes). Se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por mipymes, agricultura familiar, campesina e indígena; economía popular, cooperativas y asociaciones mutuales, también con señalética específica aprobada por el área que conduce Paula Español.

      Además, se utilizará la misma señalética en las tiendas virtuales y en los salones de venta para facilitar la visualización por parte de los consumidores y consumidoras. Los sujetos alcanzados tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las obligaciones que dicta la presente medida.

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      Cabe señalar que la norma, tal como fue sancionada por el Congreso, establece obligaciones tanto para las góndolas de los salones de venta como para las góndolas virtuales, disponibles en las páginas web de los supermercados. A su vez, los espacios en los supermercados son distribuidos en forma equitativa entre los distintos proveedores u oferentes.

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