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El Código Nacional Electoral define normas especiales y prohibiciones por la veda en la previa los comicios. El detalle
La veda electoral comenzó este viernes a las 8 de la mañana en todo el país y se prolongará hasta el próximo domingo 27, día en que se votará hasta las 18 en las elecciones generales presidenciales.
El Código Electoral Nacional (CNE) define normas especiales y prohibiciones en la previa a un comicio, entre ellas la venta de alcohol. La legislación indica que «está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde 12 (doce) horas antes y hasta 3 (tres) horas después de finalizado el acto electoral».
En el caso de elecciones, la limitación regirá entre las 20 del día sábado 26 de octubre y hasta las 21 del domingo 27.
Desde las 0 del domingo y hasta las 21 no podrán estar abiertas «las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas», sean mercados, restaurantes o bares.
Además, «los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, las fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reunión pública que no se refieran al acto electoral, están prohibidas durante su desarrollo y hasta tres horas después de finalizado el mismo».
Sí pueden abrir cines y teatros, tanto el sábado como durante el domingo.
En comicios anteriores se aplicaron sanciones a locales que vendieron bebidas con alcohol y difundieron música fuera de hora, la mayoría sobre Pellegrini y Pichincha.
