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      La ANMAT prohibió la comercialización de distintos productos

      6 de noviembre de 2018 | 06:50
      La ANMAT prohibió la comercialización de distintos productos
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      La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de varios productos. A través de las disposiciones 1503 y 1504, que se publicaron este martes en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la venta de los siguientes alimentos congelados:

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      –»Surtido de Hortalizas Congeladas, marca Jumbo», Lote LPI 183-18, vencimiento 17/05/2020, peso neto 400 gr, RNPA EXP N° 2906-7592/12, elaborado por Nutrifrost S.A., RNE N° 02-34268.

      –»Espinaca Supercongelada, marca Maglia Alimentos Cormillot», Lote LPI 183-18, vencimiento 01/07/2020, peso neto 500 gr, RNPA N° 02-581458, elaborado por Nutrifrost S.A., RNE N° 02-34268.

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      La decisión se adoptó luego de que se detectara en los productos la presencia de Listeria monocytogenes, un microorganismo que puede causar infecciones, a veces graves en personas susceptibles (niños pequeños, embarazadas, ancianos o personas con el sistema inmune deprimido).

      Por otra parte, a través de la disposición 1506 la ANMAT prohibió la venta de la «Cerveza a base de sorgo» de la marca Almirante Donn. «El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal», explicó la ANMAT.

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      Y completó: «Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284».

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