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      La Anmat prohibió la comercialización de una leche en polvo y varias marcas de té

      9 de mayo de 2019 | 06:11
      La Anmat prohibió la comercialización de una leche en polvo y varias marcas de té
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      La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este jueves la comercialización de una leche en polvo y varias marcas de té. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial en las últimas horas.

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      Las líneas de té que fueron prohibidas a través de la disposición 3887/2019 son las siguientes:

      -«Té Rooibos», marca: Tea Blends for You».

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      -«Rooibos en Hebras» Producto Importado 50 g, marca: Bolsa Urban Tea».

      -«Rooibos de Sudáfrica con trocitos de zanahoria y naranja, Carrot Tea», marca: Urban Tea».

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      -«Rooibos en Hebras» Producto Importado 100 g, Bolsa Urban Tea.

      -«Té En Hebras Premium» – Blend Rooibos x 80g , marca: ZIRAN~JI – Rooibos Edasich.

      -«Blend de Rooibos de Africa + Algas de La Patagonia», marca: Argenvita.

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      «Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″, precisó la Anmat para fundamentar la decisión de retirar los elementos del mercado.

      Además, a través de la disposición 3888/2019, la autoridad reguladora prohibió la comercialización de la ‘Leche Entera en Polvo’, Disolución Instantánea, Fortificado con Vitaminas D, A, marca Monte Aurora, RNPA N° 21-100921, CG 21-75134, SENASA S-105900 – RNE N° 21-005175, Industria Argentina’ como asimismo todo producto con dicho RNE.

      «El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155, del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo un RNPA perteneciente a otro producto y ser en consecuencia ilegal», especificó la repartición sobre los motivos.

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