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      La Justicia dejó sin efecto una demanda ambiental contra YPF y otras petroleras que están en Vaca Muerta

      Los jueces consideraron que la organización demandante no probó qué suelos ni qué cursos de agua estaban contaminados, ni quién era responsable de cada daño. El caso llevaba 22 años en la Justicia.

      21 de mayo de 2026 | 19:03
      La Corte Suprema rechazó una demanda ambiental contra YPF y otras petroleras que operan en Vaca Muerta
      La Corte Suprema rechazó una demanda ambiental contra YPF y otras petroleras que operan en Vaca Muerta
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      La Corte Suprema de Justicia rechazó este jueves la demanda que la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) había presentado en 2004 contra 18 empresas petroleras que operan en Vaca Muerta. 

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      Las empresas demandadas eran YPF, Chevron, Pan American Energy, Total Austral, Pluspetrol, Petrobras y otras doce compañías del sector.

      El fallo fue firmado por el presidente del tribunal, Horacio Rosatti, y tres conjueces, porque los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti se habían excusado de intervenir en años anteriores, en 2018 el primero y 2024 el segundo.

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      ASSUPA pedía que las empresas repararan todos los daños ambientales que su actividad generó sobre el suelo, el aire y el agua de la zona: áreas deforestadas, caminos abiertos, zanjas y canteras que, según la asociación, desertificaron la región.

      La Corte rechazó la demanda por una razón de fondo: ASSUPA nunca precisó qué tramos de suelo o de cursos de agua estaban contaminados, ni de qué modo cada empresa era responsable de cada daño. 

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      El tribunal consideró que la organización no llegó con pruebas concretas sino con conjeturas, y pretendía que la etapa probatoria del juicio funcionara como una investigación general para averiguar si los daños existían, en lugar de demostrarlos primero. 

      También rechazó que el daño fuera interjurisdiccional, es decir que abarcara más de una provincia, condición necesaria para que el caso fuera de competencia originaria del máximo tribunal, sin pasar antes por juzgados inferiores.

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