El proyecto de prórroga de la emergencia alimentaria hasta 2022 implicará un desembolso de entre 8 mil y 10 mil millones de pesos, pero al realizarse por reasignación de partidas no generaría un aumento del déficit por nuevos gastos.
El proyecto establece un «incremento de emergencia» como mínimo del 50 por ciento «de los créditos presupuestarios vigentes del corriente año correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición».
De acuerdo a un informe realizado por la Oficina de Presupuesto del Congreso, el crédito vigente al 31 de agosto de este año es de 20.977 millones de pesos, por lo que el aumento del 50 por ciento sería de 10.489 millones.
No obstante, las cifras varían según el cálculo que realizaron los diputados de distintos bloques y algunos estiman que para el momento de promulgación de la ley -mientras se continúan ejecutando las partidas- el desembolso podría rondar los 8 mil millones de pesos.
Este cálculo toma en cuenta que en el Presupuesto 2019 estaban presupuestados 12.000 millones de pesos para planes alimentarios, a los que se sumaron 6.000 millones tras la devaluación que se registró después de las elecciones primarias, lo que da una suma de 18.000 millones, por lo que el aumento estaría entre 8.000 y 10.000 millones de pesos.
De cualquier forma, lo que destacaron tanto en el oficialismo como en la oposición es que al establecer en el proyecto que el Poder Ejecutivo podrá realizar «reestructuraciones presupuestarias» para ese desembolso, no se crea un nuevo gasto. «No hay incremento del déficit», subrayó un diputado del bloque Justicialista que participó en la redacción final de la iniciativa que aprobó la Cámara baja.
Este fue precisamente uno de los motivos por los que la bancada de Cambiemos decidió finalmente acompañar el proyecto, al corroborar que el proyecto no implicaba la creación de un nuevo gasto.
Por otra parte, el proyecto también faculta a la Jefatura de Gabinete «a partir del 1 de enero del año 2020, y hasta que dure la emergencia» para «actualizar trimestralmente las partidas presupuestarias correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición».
Esa actualización deberá tomar como referencias «el aumento de la variación porcentual del rubro alimentos y bebidas no alcohólicas del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la variación de la Canasta Básica Alimentaria» que elabora el INDEC.