La Justicia ordenó que se aplique la Ley de Emergencia en Discapacidad
La medida fue dictada por el Juzgado Federal de Campana, que declaró inconstitucional el artículo 2 del decreto mediante el cual el Gobierno promulgó la norma pero suspendió su ejecución.
La Justicia ordenó que se aplique la Ley de Emergencia en Discapacidad que había sido avalada por el Congreso el 4 de septiembre pasado tras rechazar el veto de Javier Milei. La norma fue promulgada por el Ejecutivo, pero su ejecución quedó supeditada a que los legisladores establezcan el origen de los fondos para su implementación.
No obstante, este viernes el Juzgado Federal de Campana determinó que la norma debe ser ejecutada luego de declarar inconstitucional el artículo 2 del Decreto 681/2025 publicado por el Gobierno. La misma tendrá vigencia en todo el país y beneficiará a personas con discapacidad, familiares, cuidadores y prestadores de servicios.
La causa para tratar de que se ponga en vigencia la ley fue iniciada por padres con hijos menores de edad que cuentan con el Certificado Único de Discapacidad y por la magnitud del proceso, se sumaron familiares de beneficiarios, prestadores y asociaciones civiles.
En el marco de la demanda colectiva, se argumentó que la no aplicación de la norma dejaba a miles de personas con discapacidad sin la posibilidad de disponer de una serie de medidas dispuestas para garantizar la continuidad de sus tratamientos y mejorar la calidad de los servicios que recibían.
Asimismo, se sostuvo que su suspensión implicaba una “invasión flagrante” de las competencias del Congreso y una violación de la supremacía constitucional. De esa manera, el Ejecutivo Nacional no podría condicionar la puesta en marcha de una ley a normas de menor rango.
Según lo consignado por Infobae, los denunciantes presentaron como prueba informes que dieron cuenta que entre diciembre de 2023 y mayo de 2025 la inflación fue de 114,6%, pero las prestaciones sólo registraron incrementos equivalentes al 42,6%, lo que les generó pérdidas del 51,5%.

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