Monotributo: ya está habilitada la recategorización y rige hasta el 5 de agosto
La actualización corresponde al segundo período del año. Se hace desde la web o el celular y refleja automáticamente los ingresos del último año. Los nuevos valores se aplican desde el 20 de agosto.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) informó que hasta el 5 de agosto estará habilitada la recategorización del Monotributo correspondiente al segundo semestre del año. El trámite puede realizarse desde el portal oficial o a través de la app Arca Móvil.
La actualización responde a las nuevas escalas fijadas según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Indec. Este año, el proceso fue simplificado: al ingresar, el sistema muestra la facturación de los últimos 12 meses y permite confirmar o modificar la categoría.
La recategorización es obligatoria solo si el contribuyente superó o redujo los parámetros de su categoría actual. No corresponde hacerla si la actividad comenzó hace menos de seis meses.
Los nuevos valores entrarán en vigencia con el pago del mes de agosto, cuyo vencimiento es el día 20. El Monotributo se paga exclusivamente por medios electrónicos como VEP, homebanking, débito automático o Mercado Pago.
¿Qué se debe tener en cuenta?
El contribuyente deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables
¿Dónde se consultan los valores?
Los nuevos valores se pueden consultar en el siguiente enlace: www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp
¿Cómo se actualizan ahora los parámetros e importes a pagar?
Según el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley 24.977) los parámetros se actualizan de forma semestral y para la actual recategorización se deben considerar los IPC de enero a junio.
¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización?
1 - Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modificaron los parámetros de la categoría actual.
2- Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.
¿Cómo pagar el monotributo?
El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente. En este caso, el 20 de agosto estarán vigentes los nuevos valores a abonar.
Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar.
Medios de pago disponibles:
- Volante Electrónico de Pago (VEP)
- Homebanking
- Cajero automático
- Tarjeta de crédito
- Débito automático en cuenta bancaria
- Mercado Pago
Planes de facilidades de pago para monotributistas
Desde el 1 de julio y hasta el próximo 30 de diciembre está vigente un nuevo plan de pagos que permite regularizar deudas impositivas que hayan vencido hasta el 30 de abril de 2025. Para el Monotributo, esto incluye las cuotas correspondientes a los meses hasta abril de 2025, ya que el pago de este impuesto se realiza por mes en curso.
Características del plan:
- Cuotas mensuales, iguales y consecutivas
- Monto mínimo de $2.000 por cuota
- Pago a cuenta requerido del 20% de la deuda
Buscador Monotributo
ARCA incorporó un nuevo buscador temático mediante el cual monotributistas podrán inscribirse, pagar, imprimir sus constancias, consultar sus deudas, vencimientos y gestionar todos los trámites relacionados al Régimen Simplificado.
Podrán realizar sus consultas ingresando a www.afip.gob.ar/monotributo
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