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      Nahir Galarza: su nueva defensa solicitó revisar la condena a prisión perpetua

      El abogado Eduardo Gerard acudió ante los tribunales entrerrianos en busca de una reevaluación del fallo basándose en la presunta invalidez de una pericia telefónica clave.

      26 de julio de 2026 | 18:09
      Nahir Galarza: su nueva defensa solicitó revisar la condena a prisión perpetua
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      La defensa de Nahir Galarza realizó una nueva presentación ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos para solicitar la revisión de su condena a prisión perpetua. El recurso busca que la Justicia provincial reexamine el fallo por el homicidio de Fernando Pastorizzo, ocurrido en diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú.

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      El planteo fue firmado por el abogado Eduardo Gerard, quien asumió la representación legal de la joven a fines del año pasado. La estrategia se apoya en el artículo 527 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, una normativa que habilita la revisión de sentencias firmes ante circunstancias excepcionales.

      Según el escrito, existieron irregularidades tanto en la aplicación de la ley penal como en la validez del material probatorio utilizado durante el juicio.

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      El eje central de la impugnación apunta al desempeño de una perito de la Policía de Entre Ríos, licenciada en Bromatología, quien estuvo a cargo del análisis del teléfono celular de la joven.

      La defensa cuestiona este informe de 1.500 páginas, ya que resultó la prueba fundamental para dar por acreditado el noviazgo con la víctima. Esta vinculación permitió a la Justicia imponer la figura de homicidio agravado por el vínculo, lo que derivó en la pena máxima.

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      Esta nueva instancia judicial surge luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara en julio de 2024 un recurso extraordinario de la representación anterior, dejando firme la sentencia en aquel momento.

      Ahora, el nuevo letrado exige verificar si la interpretación jurídica aplicada a la causa fue la adecuada y si el material que fundamentó el fallo es válido.

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