Vuelve una de las medidas del cepo: quienes compren dólares oficiales no podrán operar divisas financieras por 90 días
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) volvió a instaurar la restricción cruzada, para según su postura, evitar distorsiones en el mercado de cambios.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) volvió a imponer desde este viernes una restricción de 90 días para que las personas humanas que compren dólar oficial no puedan operar divisas financieras, como el MEP o el contado por liquidación. La medida ya regía para personas jurídicas y empresas.
La norma instaurada por el organismo presidido por Santiago Bausili, a través de la Comunicación “A” 8336, es conocida como una restricción cruzada pues los compradores de dólares en el mercado oficial no podrán operar en plazas financieras; y quienes operen con divisas financieras no podrán recurrir al otro mercado por un plazo de tres meses.
Sobre la restricción, el director del BCRA, Federico Furiase, explicó que “no impide que las personas humanas compren dólares para ahorrar en el MLC”.
“Pueden comprar los que su situación patrimonial les permita. Lo que no permite es que con esos dólares abastezcan el mercado de dólares financieros. La decisión busca evitar distorsiones en el mercado de cambios”, concluyó.
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