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      Causa Vialidad: rechazaron los últimos planteos de Cristina Kirchner para evitar el decomiso fijado en la sentencia

      La Cámara de Casación Penal confirmó que el Tribunal Oral Federal 2 será el encargado de ejecutar el decomiso de casi 685 mil millones de pesos.

      24 de octubre de 2025 | 19:05
      Causa Vialidad: rechazaron los últimos planteos de Cristina Kirchner para evitar el decomiso fijado en la sentencia
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      La Cámara Federal de Casación Penal ratificó este viernes que el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), que llevó adelante el juicio por la causa Vialidad, será el encargado de llevar adelante el multimillonario decomiso ordenado en la sentencia que condenó a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y al empresario Lázaro Báez.

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      El monto actualizado del decomiso asciende a 684.990.350.139,86 pesos, y deberá cumplirse de manera solidaria entre todos los condenados del caso. El fallo fue firmado por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, quienes rechazaron los recursos de las defensas que pretendían apartar al TOF 2 de la ejecución.

      Las defensas de Cristina Kirchner y Báez habían planteado que el tribunal no era competente para concretar el decomiso. En el caso de la ex presidenta, se argumentó que el tema debía realizarse en el fuero comercial federal. Por su parte, Báez sostuvo que sus bienes ya estaban bajo medidas cautelares dictadas por el Tribunal Oral Federal 4, en el marco de la causa “la ruta del dinero”.

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      Sin embargo, Casación desestimó esos argumentos y confirmó que la ejecución seguirá bajo la órbita del TOF 2, con intervención de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, quienes impulsaron la acusación durante el juicio oral.

      En su voto, el juez Hornos señaló que el decomiso “se ha transformado en un eslabón central de una investigación penal” y remarcó que los magistrados tienen la obligación de “proceder a la confiscación no sólo de las cosas que han servido para cometer el hecho delictivo sino también de las ganancias que son el producto o provecho de ese delito”.

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      El juez Borinsky, en tanto, subrayó que la resolución apelada “no vulnera las garantías invocadas, no comporta un exceso de jurisdicción ni se aparta del marco normativo aplicable; por el contrario, se adecua a los principios que rigen la ejecución de penas pecuniarias”.

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