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      Extienden el horario del cierre de bares y boliches para Navidad y Año Nuevo

      13 de diciembre de 2021 | 05:00
      Extienden el horario del cierre de bares y boliches para Navidad y Año Nuevo
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      La Municipalidad de Rosario liberó el horario de bares, restaurantes y boliches hasta las 5.30 tanto para el 24 como para el 31 de diciembre. Es decir, Navidad y Año Nuevo, el 25 de diciembre y el 1 de enero, respectivamente, los establecimientos podrán abrir un rato más a diferencia de lo que lo vienen haciendo.

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      Así lo comunicó la Secretaría de Gobierno el viernes, a través de una resolución oficial. “En virtud de la época del año que estamos transitando, donde se producen eventos de finalización de cursos y cierres de año de valor para el desarrollo de actividades culturales y educativas, se hace ineludible readecuar las condiciones de los horarios de apertura vigentes en la ciudad de Rosario”, explican desde el Ejecutivo.

      El artículo 1 de la resolución N.° 191 establece: “En el ámbito de la ciudad de Rosario, los días viernes 24 y 31 de diciembre de 2021, el funcionamiento para las actividades gastronómicas como bares, restaurantes, heladerías y otros espacios habilitados como tales, con y sin concurrencia de comensales, kioscos, salones de fiesta, discotecas y locales bailables, y espacios habilitados como tales, podrán desarrollar sus actividades hasta las 5.30 del día siguiente, respetando las medidas establecidas oportunamente en los protocolos para el desarrollo de la actividad”.

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      Por su parte, el artículo 2 dispone extender los horarios de funcionamiento para los rubros de discotecas y locales bailables, salones de fiesta y espacios habilitados como tales, que podrán desarrollar sus actividades respetando las medidas establecidas oportunamente en los protocolos para el desarrollo de la actividad en los siguientes días y horarios: deben tener el salón vacío de clientes y comensales a las 4 los fines de semana y vísperas de feriado, y a las 3 de domingo a jueves, inclusive.

      Por último, el tercer artículo establece que las actividades deberán desarrollarse cumpliendo los protocolos vigentes como distanciamiento mínimo, utilización de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, la ventilación de ambientes en forma adecuada y constante, y la correcta higiene de manos.

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