Una panadería logró que la Justicia falle contra Mercado Libre por bloquearle fondos
Una empresa santafesina dedicada a la panificación obtuvo un fallo favorable en los tribunales de Venado Tuerto tras demandar a Mercado Libre por la restricción de su cuenta en Mercado Pago.
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Una empresa santafesina dedicada a la panificación obtuvo un fallo favorable en los tribunales de Venado Tuerto tras demandar a Mercado Libre por la restricción de su cuenta en Mercado Pago.
Se trata de Trinche SRL, titular de la Panadería Primavera, que había iniciado una medida autosatisfactiva para recuperar el acceso a más de 42 millones de pesos que habían quedado bloqueados en la plataforma.
El expediente, caratulado “Trinche SRL c/ Mercado Libre SRL y otros s/ Medida Autosatisfactiva (Digital)”, fue resuelto por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación.
Según la presentación judicial, los inconvenientes empezaron el 30 de octubre de 2025: la firma podía cobrar, pero no transferir dinero ni cumplir pagos a terceros, lo que derivó en demoras con proveedores, salarios, cargas sociales e impuestos. La pyme aseguró haber realizado reiterados reclamos por la aplicación y de manera presencial, incluso con intervención de un supervisor zonal, sin obtener solución.
Con una facturación mensual cercana a los 25 millones de pesos y contratos de provisión tanto minorista como mayorista —entre ellos con el Ministerio de Educación de Santa Fe— la firma acudió a la Justicia bajo el patrocinio del abogado José María Conzoli, en representación de Usuarios y Consumidores Unidos (UCU). Mercado Libre, por su parte, sostuvo que la vía judicial no era procedente y que el planteo había quedado sin objeto porque la cuenta ya estaba habilitada al contestar la demanda.
El tribunal, integrado por los jueces Alejandro Walter Bournot y Gabriel Alberto Carlini, consideró que si bien la cuestión se tornó abstracta por la reactivación del servicio, fue la notificación de la demanda lo que impulsó esa decisión. Por este motivo impuso las costas del proceso a la empresa demandada. Aunque este conflicto específico quedó cerrado, la resolución deja abierta la posibilidad de un reclamo posterior por daños y perjuicios por el período en que los fondos estuvieron indisponibles.

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